La pregunta del millón sería si vamos mejorando o cada vez estamos peor
Tomando como referencia Roma, la Europa medieval y la tradición jurídica española, tan parecida a otras de su entorno, la evolución de los jueces, podría resumirse así para que nos entendamos
1. Roma
En Roma no existió siempre un único juez profesional como hoy.
Durante la República encontramos:
- Magistrados, como el pretor, que organizaban el proceso y determinaban qué acción jurídica correspondía.
- Jueces privados —iudices—, ciudadanos designados para resolver un litigio concreto.
- Árbitros, utilizados especialmente en asuntos patrimoniales, divisiones y valoraciones.
- Tribunales criminales, integrados por magistrados y jurados ciudadanos.
- Gobernadores provinciales, que administraban justicia en nombre de Roma fuera de Italia.
Durante el Imperio, la justicia fue haciéndose cada vez más estatal y burocrática. Emperadores, gobernadores y funcionarios imperiales asumieron funciones judiciales, y se desarrollaron procedimientos escritos, apelaciones y jerarquías de tribunales.
2. Final del Imperio y reinos germánicos
Tras la desaparición del Imperio romano de Occidente, coexistieron:
- jueces de los reyes germánicos;
- condes y gobernadores territoriales;
- asambleas de hombres libres;
- jueces locales;
- autoridades romanas que continuaron aplicando derecho romano a la población romanizada.
En muchos lugares, el juez todavía no era un jurista profesional. Podía ser un noble, un funcionario, una autoridad militar o un miembro destacado de la comunidad.
3. Alta Edad Media
La justicia se fragmentó entre muchas autoridades:
- Jueces del rey, que actuaban en nombre del monarca.
- Jueces señoriales, dependientes de nobles, monasterios o señores feudales.
- Jueces eclesiásticos, como obispos, vicarios y otros clérigos.
- Jueces municipales, alcaldes y autoridades de ciudades y villas.
- Asambleas comunitarias, que resolvían conflictos conforme a costumbres locales.
Una misma persona podía ser juzgada por tribunales distintos según el asunto: matrimonio, tierras, delito, deuda, herejía o incumplimiento feudal.
4. Jueces eclesiásticos
La Iglesia creó una jurisdicción muy desarrollada. Sus jueces aplicaban derecho canónico y se ocupaban de:
- matrimonio y nulidad;
- disciplina del clero;
- herejía;
- juramentos;
- testamentos;
- legitimidad;
- determinados contratos y obligaciones morales.
Estos jueces estaban frecuentemente mejor formados que los jueces seculares y contribuyeron a consolidar procedimientos escritos, pruebas documentales, apelaciones y expedientes.
5. Baja Edad Media
Desde los siglos XII y XIII aumentó la profesionalización.
Aparecieron juristas formados en universidades, conocedores del derecho romano y canónico. Encontramos entonces:
- jueces reales;
- oidores;
- alcaldes de corte;
- corregidores;
- bailíos;
- senescales;
- jueces municipales;
- jueces canónicos;
- tribunales mercantiles y gremiales.
El juez dejó progresivamente de ser solo una autoridad política y comenzó a convertirse en un especialista en derecho.
6. Monarquías de la Edad Moderna
Entre los siglos XV y XVIII, los reyes centralizaron la justicia.
Existieron:
- jueces locales, como alcaldes y corregidores;
- audiencias y chancillerías, que actuaban como tribunales superiores;
- consejos reales, con funciones judiciales y administrativas;
- tribunales eclesiásticos;
- tribunales inquisitoriales;
- tribunales militares;
- tribunales mercantiles y corporativos;
- jueces señoriales, aunque fueron perdiendo poder.
Seguía existiendo una gran diversidad de jurisdicciones: real, eclesiástica, militar, universitaria, mercantil y nobiliaria.
7. Revoluciones liberales y codificación
Desde finales del siglo XVIII y durante el XIX se produjo una transformación decisiva.
Se eliminaron o redujeron muchas jurisdicciones privilegiadas y se afirmó que la justicia debía proceder del Estado. Aparecieron:
- jueces profesionales;
- tribunales organizados territorialmente;
- jueces de primera instancia;
- tribunales de apelación;
- tribunales supremos;
- jueces penales y civiles;
- fiscales separados de los jueces;
- jurados populares en determinados procesos.
El juez dejó de representar al rey, al señor o a la Iglesia y pasó, en teoría, a aplicar la ley del Estado.
8. Jueces contemporáneos
Hoy existen distintas clases según la materia y el nivel judicial. En sistemas como el español, por poner un ejemplo, encontramos:
- jueces civiles, para contratos, propiedad, familia, herencias y daños;
- jueces penales, para delitos y penas;
- jueces de instrucción, que investigan determinados delitos;
- jueces de lo contencioso-administrativo, para conflictos con la Administración;
- jueces laborales o sociales, para relaciones de trabajo y seguridad social;
- jueces mercantiles, para empresas, insolvencias y sociedades;
- jueces de menores;
- jueces de violencia sobre la mujer;
- jueces militares, dentro de una jurisdicción especial;
- magistrados de tribunales superiores y supremos;
- magistrados constitucionales, que controlan la constitucionalidad de las leyes, aunque no siempre forman parte del poder judicial ordinario;
- jueces internacionales, en tribunales europeos o internacionales;
- árbitros, que resuelven conflictos fuera de la justicia estatal por acuerdo de las partes.

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