Mostrando entradas con la etiqueta corrupcion judicial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta corrupcion judicial. Mostrar todas las entradas

viernes, 9 de enero de 2026

DIAGNÓSTICOS BLANDOS, CRUELDAD DURA

Diagnóstico o dictamen: cómo se construye una etiqueta


Los diagnósticos clínicos formales —los que suenan a manual DSM con esteroides— se supone que deben ser realizados por psiquiatras o psicólogos clínicos con formación específica en psicopatología y experiencia en evaluación diagnóstica. Esa es la teoría.

En la práctica, basta con que alguien tenga un título profesional, cierta familiaridad con el lenguaje técnico y un lugar en el engranaje judicial para que una etiqueta se convierta en verdad institucional. No importa si se hizo una evaluación rigurosa. No importa si hubo entrevista clínica, pruebas psicométricas o revisión del contexto. Si el informe está escrito en mayúsculas y viene con membrete, es suficiente para instalar una narrativa.

Legalmente, en muchos países, tanto psiquiatras como psicólogos pueden diagnosticar trastornos mentales. La diferencia es que el psiquiatra, por ser médico, puede recetar medicación y su palabra suele pesar más si lo que se busca es revestir el expediente de autoridad biomédica. El psicólogo, por su parte —sobre todo si es clínico— también puede diagnosticar según los manuales diagnósticos internacionales, como el DSM o el CIE. Pero no puede medicar, y a menudo su criterio queda subordinado a la lógica judicial.

Así, si el expediente necesita sonar “científico”, se busca al psiquiatra. Si solo se quiere justificar una medida ya decidida, muchas veces alcanza con un informe psicológico escrito por alguien funcional al sistema. La etiqueta cumple su función: legitimar decisiones que ya están tomadas.

Luego están los otros diagnósticos. Los blandos. Los que no figuran en ningún manual ni requieren formación clínica para ser lanzados. Son frases sueltas, impresiones disfrazadas de observación objetiva: “obsesión con el hijo”, “dependencia emocional”, “fijación patológica”, “rigidez cognitiva”, “victimismo”, “dificultad para cooperar”, “alienación”, "madre con preocupación mórbida", "obstructora", "verborreica" y un largo etc

Estas no necesitan diagnóstico formal ni un profesional de la salud mental. Pueden aparecer en informes de trabajadoras sociales, peritos de familia, mediadores, operadores judiciales, psicólogos escolares… o incluso en los comentarios de un juez que “intuye” cosas sin haber leído ni siquiera las alegaciones del abogado de la madre. Son herramientas narrativas, no diagnósticas. No vienen del DSM; vienen del prejuicio con bata blanca o toga negra.

Las etiquetas discursivas no requieren diagnóstico ni evidencia. Solo necesitan una madre que se resista, pelee, insulte o llore cuando unos extraños le quieren quitar a su hijo y a veces, se lo quitan.

Aquí van algunos greatest hits del disparate psi. Perlas inolvidables del cinismo judicial y la maldad institucional.

  1. Madre que se negó a firmar el acuerdo de tenencia sin revisar con abogado.Trastorno oposicionista.

  2. Madre que pidió cambio de perito porque sentía que el primero era parcial.Resistencia activa a la autoridad.

  3. Madre que pidió copia del expediente.Conducta disruptiva, desconfianza extrema.

  4. Madre que denunció al padre por violencia y siguió insistiendo.Fijación patológica + conducta oposicionista.

  5. Madre que no lloró en la audiencia.Aplanamiento afectivo + rasgos oposicionistas.

  6. Madre que lloró demasiado.Desregulación emocional + actitud provocadora.

  7. Madre que cambió de abogado tres veces.Desorganización, rigidez y desafío a la figura de autoridad.

  8. Madre que grabó una conversación con un operador judicial.Actitud desafiante y paranoide.

  9. Madre que interpuso un recurso de amparo.Rasgos oposicionistas, dificultad para acatar lo normativo.

  10. Madre que se negó a las visitas supervisadas porque el espacio era violento.Negativa sistemática, rigidez cognitiva.

  11. Madre que corrigió al psicólogo en una audiencia.Intolerancia a la figura de autoridad.

  12. Madre que pidió ver a su hijo más tiempo.Conducta obsesiva + patrón oposicionista.

  13. Madre que no permitió que el niño hable por videollamada con el padre violento.Obstrucción del vínculo + actitud desafiante.

  14. Madre que organizó una manifestación.Conducta antisocial, rasgos oposicionistas.

  15. Madre que llevó a su hijo a terapia sin permiso del padre.Iniciativas unilaterales, conducta impulsiva-oposicionista.

  16. Madre que presentó informes de su psicóloga sin autorización del juzgado.Inobservancia judicial.

  17. Madre que dijo "esto es injusto" frente al juez.Reacción oposicionista, hostilidad encubierta.

Y en ninguno de esos casos se usó “oposicionista” como una descripción casual. Se coló en informes periciales, se transformó en etiqueta clínica, y en más de una ocasión, justificó medidas restrictivas sobre el contacto con los hijos.

Sí, una madre diciendo "no" al sistema puede convertirse, mágicamente, en alguien con trastorno oposicionista desafiante. Lo normal debe ser que las hembras no se opongan cuando vienen a quitarles los hijos...en Narnia o en la tierra de los actores judiciales debe ser. En el mundo real lo que pasa es que las hembras lloramos, gritamos y si pudiéramos haríamos "otras cosas" que el algoritmo no me va a dejar escribir. Es tan delicado como un psicólogo judicial y más machista aún.

Y mientras el expediente duerme tranquilo, las madres no duermen nunca más en paz.

 Isabel Salas

viernes, 12 de diciembre de 2025

EL MOTIVO DE PATOLOGIZAR A LAS MADRES

La pregunta es sencilla y obvia, pero la respuesta es más sencilla aún.


Hacer pasar a las mujeres por locas, no es ninguna novedad, en realidad es un clásico. Antes de que la justicia aprendiera a hablar el "lenguaje de los derechos", patologizar a las mujeres —y en particular a las madres— ya era una práctica conocida. Declarar “loca” a una mujer fue durante siglos una forma eficaz de apartarla sin matarla: sacarla del hogar, del relato y de los hijos, y sustituirla sin culpa. De Juana I de Castilla, encerrada durante décadas bajo el rótulo de la demencia, a tantas mujeres silenciadas en sanatorios, conventos o casas ajenas, la historia está llena de madres apartadas de sus hijos por exceso de poder, de deseo, de ansias de libertad o simplemente porque molestaban  a sus maridos o a los intereses de su entorno.

Lo que hoy hace el sistema judicial no es algo nuevo: es el mismo perro  con diferente collar, el mismo gesto antiguo, pero maquillado con diagnósticos modernos y envuelto en un discurso de derechos que dice proteger mientras repite, con otros nombres, la misma operación de siempre.
 
El sistema judicial patologiza a las madres porque siempre ha funcionado, y además reconocer que una madre enferma tras un proceso de custodia o de separación forzada implicaría admitir que el propio procedimiento es dañino. Y eso tendría consecuencias jurídicas, políticas y éticas que ni "justicia" ni nadie están dispuestos a debatir siquiera.

Convertir la reacción ante la pérdida del hijo en trastorno permite desplazar la causa: el problema deja de ser la intervención institucional y pasa a ser la madre que no se adapta a ella porque no le gusta que le quiten hijos. No entiende de derechos. Ella entiende de biología y de útero.

La psiquiatrización cumple varias funciones simultáneas. Primero, neutraliza la palabra materna: una madre diagnosticada pierde credibilidad, su testimonio se vuelve sospechoso y su relato deja de tener valor probatorio. 

Segundo, legitima decisiones ya tomadas: si la madre es “inestable”, la separación se presenta como medida protectora hacia el niño y no y no como violencia hacia el niño y su madre.

Tercero, restaura la autoridad del sistema: no hay error estructural, hay un sujeto defectuoso. 

Y cuarto, desnaturaliza el vínculo: al patologizar el apego, se habilita la idea de que cualquiera puede sustituir a la madre sin daño. Convierten a la madre en una simple cuidadora...y cualquiera puede cuidar.

En síntesis, no se patologiza para comprender ni para curar. Se patologiza para ordenar algo contra natura, callar ellos y hacer callar a la madre y por supuesto cerrar el conflicto. Porque una madre que sufre es un problema; una madre que insiste es un riesgo; y una madre que llora, grita, insulta y nombra el daño institucional es, para el sistema, una amenaza.

El problema, por otro lado,  no es solo el diagnóstico, sino que el sistema olvida CONVENIENTE, ASTUTA Y CRUELMENTE lo que es ontológicamente irrefutable: aunque la ley insista en la igualdad de derechos entre padres y madres, el vínculo materno precede al derecho. Es un vínculo biológico, inmediato, natural, que no se construye ni se negocia en un tribunal. 

El ser hace el derecho y no al contrario. 

La relación madre-hijo es anterior a cualquier norma y es más necesario y más profundo que cualquier otro vínculo, incluido el paterno, para todos los bebés y niños humanos.

Si eliminamos la biología de la ecuación judicial, si negamos esa realidad fundamental, el resultado siempre estará sesgado: la lógica se pierde y la vida, que es la que sostiene ese vínculo, queda vulnerada. La ley puede igualar derechos, pero no puede igualar realidades biológicas, ni sustituir la naturaleza del vínculo materno.

Y de eso hablo en MATERFIESTO y en donde haga falta.

 

Isabel Salas 

 

lunes, 30 de junio de 2025

DIAGNÓSTICOS JUDICIALES

 

 

Entre todos los diagnósticos usados en los juzgados para arrancar a los hijos de sus madres, el más eficaz es la "alienación parental".

 

 

Imaginemos la escena: un niño llega al hospital con determinados síntomas. Tiene fiebre, insomnio, dolores de estómago. Llora, está angustiado, no quiere comer, cuenta que siente miedo o dice que no quiere ver a cierta persona. Los médicos lo examinan, hacen estudios, escuchan lo que dice, observan lo que el cuerpo muestra. Nadie, en ningún hospital serio, saldría diciendo: “este niño está alienado por su madre”. Ningún médico diagnostica alienación parental. Ninguno. 

Porque no existe como entidad clínica. Porque no es una enfermedad. Porque no hay análisis de sangre, ni resonancia magnética, ni marcador biológico que confirme ese diagnóstico. Porque no forma parte del DSM ni del CIE. Porque, simplemente, no es medicina.

 Entonces... ¿Qué será diagnosticado en un hospital?

Dependiendo de la edad del niño, la intensidad de los síntomas y la historia clínica, los médicos y profesionales de la salud probablemente consideren varios diagnósticos diferenciales, tanto físicos como emocionales. Por ejemplo:

Diagnósticos posibles:

  • Trastornos de ansiedad infantil
    (como ansiedad de separación, ansiedad generalizada o fobia específica)

  • Síntomas somáticos funcionales
    (dolores físicos reales sin causa orgánica clara, relacionados al estrés o trauma)

  • Trastorno del sueño
    (insomnio por estrés, miedo nocturno, pesadillas)

  • Estrés postraumático (TEPT)
    si hay indicios de eventos vividos como traumáticos o si el niño relata miedo persistente, hipervigilancia, regresiones, etc.

  • Trastornos psicosomáticos
    como gastritis, colon irritable o cefaleas tensionales originadas en angustia crónica.

  • Problemas vinculares o contextuales
    (sin patologizar al niño, pero reconociendo que su entorno está afectando su bienestar emocional)

 ¿Qué pruebas se realizarán?

1. Exámenes físicos básicos

Para descartar causas orgánicas de los síntomas:

  • Análisis de sangre y orina

  • Examen clínico general

  • Estudios digestivos si hay dolor abdominal persistente

2. Interconsulta con salud mental

(Sí, incluso en guardia pediátrica si el cuadro es emocional)

  • Entrevista con psicólogo infantil o psiquiatra infantil

  • Observación del vínculo con el adulto que acompaña

  • Evaluación del discurso del niño (cómo se expresa, qué relata, si hay señales de trauma o abuso)

3. Intervención del equipo interdisciplinario

  • Trabajo con asistentes sociales, en caso de detectar posible conflicto familiar

  • Revisión de antecedentes si el niño ya estuvo en contacto con otros servicios (escolar, terapia previa, denuncias)

Y lo más importante: Los médicos, generalmente, no inventan explicaciones emocionales porque sí. Si hay angustia, buscan la causa. Si un niño dice que tiene miedo de ver a una persona, no lo diagnostican de “manipulado” o “alienado”, sino que investigan por qué. No invalidan su palabra, la analizan. Y si hay sospecha de abuso, negligencia o maltrato, se activa el protocolo de protección de infancia. No se le impone una narrativa, se le da lugar a la suya.

Sin embargo, en los juzgados, eso sucede todo el tiempo. Basta con que un niño diga que no quiere ver al padre —y que haya una madre que escuche, que sostenga ese límite, que lo acompañe en su malestar— para que, de pronto, un psicólogo o psicóloga con firma y membrete empiece a deslizar la palabra: alienación. A veces no se escribe con todas las letras; a veces se insinúa con frases como “conducta obstructiva de la madre”, “vínculo disfuncional”, “influencia materna negativa”. Pero el resultado es el mismo: se descarta la palabra del niño y se reemplaza por una teoría que justifica desoírlo. Lo que en un hospital se trataría como un síntoma, en el expediente judicial se convierte en prueba contra su madre.

Esa es la diferencia. La medicina trabaja con síntomas, con diagnósticos basados en evidencia, con tratamientos pensados para sanar. En el sistema judicial, en cambio, ciertos profesionales construyen diagnósticos funcionales al proceso, no a la salud. La alienación parental no se diagnostica con criterios clínicos; se deduce. Se infiere. Se “percibe” a partir de la conducta del niño o del tono de la madre. No importa si hay historia de violencia, de negligencia, de abandono afectivo. No importa si hay un trauma que se repite en el cuerpo: vómitos antes de las visitas, pesadillas, regresiones, ataques de ansiedad. Lo que importa es que el niño no quiere ver al padre. Y eso, en lugar de ser una alerta, se convierte en una sospecha.

Entonces el expediente dice “el niño rechaza sin causa aparente” y a partir de ahí se empieza a construir el relato de la alienación. Lo paradójico es que mientras más malestar expresa el niño, más sospechosa se vuelve la madre. Si llora, si se angustia, si se niega, si dice que no, es porque fue manipulada. Nunca porque le duele. Nunca porque recuerda. Nunca porque teme. El cuerpo habla, pero el sistema no lo escucha: lo traduce. La palabra del niño se borra y se reemplaza por una narrativa que tranquiliza a los adultos y ajusta las piezas para que todo encaje. Lo que no encaja, se diagnostica. Y lo que duele, se sospecha.

Así, lo que en salud se trata, en tribunales se castiga. Lo que en un hospital se vería como un llamado de auxilio, en un informe judicial se convierte en estrategia. La madre que protege es vista como hostil. La que acompaña, como invasiva. La que sostiene, como obstructiva. El diagnóstico no aparece para comprender, sino para intervenir. No se usa para cuidar al niño, sino para disciplinar a la madre.

Porque el sistema no necesita médicos, necesita legitimaciones. No busca síntomas, busca relatos que cuadren. Y entonces alienación parental se convierte en la herramienta perfecta: no necesita pruebas objetivas, no exige evidencia, no requiere evaluación clínica profunda. Solo necesita que un niño diga algo que incomoda. Y que un adulto quiera silenciarlo.

Lo más trágico de todo esto es que, si ese mismo niño con los mismos síntomas hubiera ido a una guardia pediátrica, habría recibido atención. En cambio, en el juzgado, recibe castigo. El cuerpo duele, pero el expediente no lo nombra. El niño habla, pero su palabra se interpreta como producto de otro. La madre sostiene, y por eso mismo, es acusada.

Ningún niño sale como "alienado" de un hospital. 

Pero del juzgado, sí. 

Y pocos se inmutan. Demasiado silencio alrededor de tanta catástrofe.

Isabel  Salas 

domingo, 8 de diciembre de 2024

IMPUNIDAD JUDICIAL: EL USO DE NEOLOGISMOS

El crimen lo cometió el padre, pero el asesinato fue  (presuntamente) autorizado por el juez.


El  lamentable caso de Ángela González Carreño, convertido en paradigma de la llamada “violencia vicaria” en España, por algunos defensores de este neologismo, merece una revisión seria y sin sentimentalismos, y me dispongo a hacerla  desde el máximo respeto por Angela y por su hija Andrea.

La niña se llamaba Andrea Rascón González, y aunque normalmente es conocida simplemente como Andrea, me parece conveniente nombrarla, al menos una vez, sin olvidarnos de su edad y sus apellidos. Tenía 7 años cuando fue asesinada por su padre, el 24 de abril de 2003, durante una visita sin supervisión, impuesta (presuntamente) por un juez.  Esta desgracia sucedió a pesar de las numerosas  advertencias previas de su madre, la señora Ángela González Carreño.

Existe una "versión oficial", defensora (como dije) del neologismo conocido como violencia vicaria, que repite hasta el agotamiento, que su expareja asesinó a la hija de ambos con el único propósito de hacerle daño a ella, la madre. Este relato, cómodo, sencillo y destinado a promocionar esta "nueva violencia de género", oculta lo que a los ojos de muchas otras madres es lo esencial: quien habilitó el contexto en el cual el crimen pudo consumarse, fue el propio juez que ordenó las visitas y forzó a la niña a estar con el padre. (Por supuesto todo esto es presuntamente porque ya sabemos lo quisquillosos que pueden llegar a ser los poderosos)

Seguramente habría podido matarla al doblar una esquina volviendo de la heladería, pero tendrán que estar de acuerdo conmigo que las visitas impuestas ayudaron a concretar  el plan de este presunto degenerado.

A pesar de que doña Ángela había presentado más de cuarenta y siete denuncias (según he leído en los medios) alertando del peligro que él representaba, fue ignorada por dicho juez. Si fueron denuncias en la comisaría o a través de su abogado, eso no lo sé.

Es decir, lo diré con otras palabras, la niña fue asesinada porque un juez, sabiendo lo que sabía, impuso su autoridad para permitir que aquel hombre tuviera acceso a la menor. Sin esa decisión judicial, la amenaza proferida por el padre —“te quitaré lo que más quieres”— habría sido inofensiva. Fue la justicia española, y su aparato concreto y ejecutor, la que posibilitó que el asesino cumpliera su promesa.

Por eso, lo que algunas activistas celebran como un avance en el reconocimiento de "la violencia machista extrema", debería verse, en rigor, como una confirmación de la violencia institucional y dejarnos de zarandajas. El concepto de violencia vicaria ha operado aquí, y en otros muchos casos, como una ingeniosa herramienta discursiva para desviar el foco de responsabilidad. Así, en lugar de cuestionar el rol del poder judicial, la narrativa mediática y política convierte al hombre agresor en el único culpable y exhibe como lucha feminista  lo que en realidad termina siendo un mecanismo de autoprotección del propio Estado, nos guste o no.

Tal vez, la "violencia vicaria" ni siquiera haya nacido como un mecanismo de autoprotección del propio sistema judicial, eso  no puedo afirmarlo. Sólo Dios sabe qué tenían y tienen en la cabeza sus inventores y defensores, pero es evidente que el sistema judicial la ha recibido con los brazos y las subvenciones abiertas de par en par. 

La niña asesinada, Andrea, se convierte así en un símbolo que ya no es ella misma. Su muerte es utilizada para reforzar un relato que convierte su tragedia en un asunto entre adultos —entre su padre y su madre— y borra la violencia institucional que ella realmente padeció. Así como también borra la otra violencia, la que su padre ejercía sobre ella directa o indirectamente tal y como su madre denunció incansable.

Porque Andrea murió no solo por culpa de un asesino —que lo era—, sino por la decisión consciente de un juez que ignoró las advertencias, los informes, las señales de peligro y las palabras del propio asesino.

El negocio que gira alrededor de la violencia vicaria es, presuntamente, redondo para el sistema judicial: permite alimentar la maquinaria ideológica contra el “padre violento” mientras se mantienen intactas las prácticas judiciales que siguen colocando a menores en manos de violentos y maltratadores. A la postre, lo que se está protegiendo es la potestad del juez de imponer visitas incluso en contextos de riesgo extremo, blindando así el principio estructural de que el vínculo con el progenitor, aunque éste sea peligroso, debe preservarse por encima de todo. Y todo esto fundamentado en el pretendido bien superior del niño.

El caso de Ángela González no es  único (pues todos los días hay niños sufriendo por malas decisiones judiciales) ni es un ejemplo  de lo que llaman "violencia vicaria", por más que quieran usarlo como emblemático.  Es, sobre todo, según mi análisis, un caso prototípico de violencia institucional y se utiliza el concepto de violencia vicaria como cortina de humo. El asesinato de Andrea fue, en rigor, una muerte autorizada y permitida por un Estado que decidió ignorar la evidencia.

El feminismo institucional debería preguntarse por qué, cada vez que una tragedia así ocurre, el relato mediático se apresura a señalar exclusivamente al hombre y nunca al juez que firmó la sentencia que puso a la víctima en manos de su verdugo. Quizá la respuesta es incómoda: en el fondo, la violencia vicaria es el relato que necesita la justicia para quedar eximida de su responsabilidad en estos crímenes. Parece una "buena idea", inventar nuevas violencias,  aunque traigan consecuencias nefastas como esconder la violencia institucional. Que es la madre del cordero.

No juzgo las presuntas intenciones de quienes inventaron la violencia vicaria o defienden su existencia como una brillante forma nueva de nombrar las violencias machistas. No puedo adivinar las intenciones de nadie y para eso, repito, está Dios. Pero no puedo evitar recordar el refrán aquel tan sabio:  "De buenas intenciones está el infierno lleno" .

Y sí, cuando se habla de vidas, de violencia y de niños en peligro lo que necesitamos no son buenas ideas que justifiquen el actuar de los juzgados sino excelentes soluciones que salven vidas. No queremos cursos ni cursillos para mover dinero de subvenciones y chiringuitos y que cada experto o ponente se lleve su tajada.  Queremos que se respete el deseo y el miedo que expresan los niños, que son concretos y no el abstracto "interés superior del menor" donde cabe todo lo humano y lo inhumano. 

No he conseguido el nombre del juez. No hay constancia pública del nombre del juez o jueza que impuso el régimen de visitas sin supervisión en el caso de Andrea, o al menos yo no he sabido encontrarlo. Todos los informes y documentos oficiales —como el dictamen del Comité de la CEDAW (ONU) o las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional— mencionan al “juzgado” o a “los juzgados”, sin identificar individualmente al magistrado o magistrada responsable. Obvio. Entre bomberos no se pisan la manguera.

Es lo habitual en estas causas donde los niños terminan asesinados. Las resoluciones judiciales se atribuyan institucionalmente al juzgado, y no al juez concreto. Por eso me deja tan triste lo que está pasando. Por si aún no queda bastante protegido el juez responsable ... viene otro grupo de gente a señalar al padre como el perpetrador de la "violencia vicaria" que se ejerció para herir a la madre, como si lo principal aquí no fuera la muerte de la nena.

Realmente no estoy de acuerdo con ese sesgo. Si el sistema judicial quisiera terminar con ese tipo de asesinatos de niños, lo tendría fácil: cero visitas con violentos. 

He pensado mucho en Angela en todos estos años y en su sufrimiento. Como madre me puedo imaginar su rabia y su dolor al verse impedida de proteger a su niña. Su inmensa frustración al ver como el "juzgado" ignoraba sus pedidos y súplicas. Su miedo al constatar el horror que vivía Andrea en cada visita. 

El espanto más profundo para una madre no es solo temer por la vida de su hija, sino descubrir que quienes deberían ayudarla a protegerla —las autoridades, el juez, el Estado— no solo desoyen su clamor sino que condenan a la niña a visitar al violento. 

Acudir a un tribunal con pruebas, advertencias y súplicas, y ver cómo el juez responde enviando a la niña, deliberadamente, a manos de quien la amenaza, es una traición estructural. Ese horror —la inversión absoluta del sentido de justicia— deja a la madre en la intemperie más brutal: no hay peor pesadilla que comprobar que el peligro no está fuera del sistema, sino que se materializa precisamente en el acto judicial que debería ofrecer protección.

Perfectamente podría decirse  que fue un presunto caso de traición a la patria si aceptamos que “la patria” no es  solamente la bandera ni el Estado abstracto sino la comunidad concreta de personas a las que las instituciones están supuestamente obligadas a proteger, entonces sí: cuando un juez, investido de poder público, abandona su deber esencial de proteger a los más vulnerables —en este caso una niña amenazada—, está traicionando la razón misma por la que el Estado existe.

Esa traición es aún más grave porque el juez actúa en nombre de “la patria potestad”, del “interés superior del menor” y de la “justicia”. Es traición en su forma más perversa: desde dentro, revestida de legalidad y solemnidad.

No hay palabras para acompañar  en el sentimiento a esta madre, Ángela, una mujer torturada institucionalmente. Con total respeto he escrito esta reflexión y desde aquí le mando un abrazo, esté donde esté ella y otro para su hija. Ella sí sabemos dónde está los que creemos en Dios.

Los del juzgado también tienen un lugarcito reservado donde la justicia divina los pondrá cuando les llegue la hora. Aquí se libraron, pero en el más allá no escaparán de la verdadera justicia. Aquí ignoramos sus nombres, allí los conocen con nombres y apellidos.

Si esto fuera una película negra, el detective haría la pregunta clave: ¿a quién beneficia el uso de estos neologismos?  ¿Quién queda impune cuando un niño es condenado a vivir con su maltratador? La respuesta está frente a nosotros: los jueces que dictan sentencias irresponsables y perpetúan la violencia, pues sus decisiones quedan disfrazadas de violencia vicaria.

Y ¿quién se lleva el dinero? Aquí entra el circuito perfecto: aparentemente las organizaciones feministas subvencionadas, asociaciones que viven de cursos, cursillos, conversatorios y exposiciones para “explicar” esta nueva violencia, la violencia vicaria. La "nueva violencia de género" que por se convierte así (queriendo o no) en esa etiqueta conveniente que desvía la mirada de donde debería estar: en el propio Estado y su maquinaria judicial que, a veces, convierte la protección en negocio y la justicia en espectáculo de sombras de terror.

Terminemos esta reflexión con una oración por Ángela y Andrea. No soy una mujer especialmente piadosa pero sí me he puesto de rodillas varias veces en la soledad de mi cuarto para pedirle a Cristo fuerza y sabiduría para manejar las situaciones que me tocaron vivir. Últimamente también le pido que me enseñe a sentir su Amor y hoy, especialmente, que su abrazo le llegue a esta madre y a esta hija.

 

Isabel Salas 

Aclaración  Uso la palabra “presuntamente”  por pura y legítima autoprotección legal. Como los noticieros y todos los que hablan de crímenes. Aquí todos somos presuntos hasta que se demuestre lo contrario, y eso ya se sabe. 

  

DIAGNÓSTICOS BLANDOS, CRUELDAD DURA

Diagnóstico o dictamen: cómo se construye una etiqueta Los diagnósticos clínicos formales —los que suenan a manual DSM con esteroides— se su...